Empezamos nuevo año y es importante que estes al día y conozcas las novedades fiscales 2023. Los nuevos presupuestos generales ya se han aprobado y los cambios que os contamos están en marcha. Tanto si eres autónomo como si tienes una sociedad, ya conoces todas las obligaciones fiscales y laborales de una empresa y es conveniente saber la repercusión que tendrán sobre tu negocio las novedades fiscales. Toma nota que te contamos los cambios más importantes.
Impuesto de solidaridad de las grandes fortunas
Entre las principales novedades fiscales 2023 se encuentra la creación de un nuevo impuesto, el impuesto de solidaridad de las grandes fortunas que afectará a los patrimonios netos superiores a 3 millones de euros. Se trata de un impuesto estatal de carácter temporal para los años 2023 y 2024, aunque incluye una cláusula de revisión para evaluar al término de su vigencia si es necesario mantenerlo o suprimirlo.
Se aplicará en todo el territorio español sin perjuicio de lo establecido en los Tratados o Convenios internacionales que hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno. Con respecto al País Vasco y Navarra se excluye su aplicación, si bien se prevé que se acordará su adaptación a este impuesto en la Comisión Mixta del Concierto Económico con el País Vasco y la Comisión del Convenio Económico con Navarra. No podrá ser objeto de cesión a las Comunidades Autónomas. Para evitar la doble imposición los sujetos pasivos del Impuesto de solidaridad solo tributarán por la parte de su patrimonio que no haya sido gravado por su Comunidad Autónoma mediante el impuesto sobre el patrimonio.
El tipo impositivo será:
- 1,7% para los patrimonios entre 3 y 5 millones de euros
- 2,1% para los patrimonios entre 5 millones y 10 millones
- 3,5% para aquellos patrimonios superiores a 10 millones de euros.
La cuota íntegra de este impuesto, juntamente con las cuotas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, no podrá exceder, para los sujetos pasivos sometidos al impuesto por obligación personal, del 60 por 100 de la suma de las bases imponibles del primero.
El gobierno estima que este impuesto afectará a 23.000 contribuyentes, el 0,1% del total y el impacto recaudatorio potencial alcanza los 1.500 millones
Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas
Las novedades fiscales 2023 que afectarán a la declaración del IRPF pueden representar un reto en materia de tributación que puedes facilitar contratando los servicios de una asesoría fiscal. Te explicamos exactamente en qué consisten estas novedades:
- Aumenta la tributación del IRPF a las rentas del capital superiores a 200.000 y 300.000 euros
Se incrementa un punto, hasta el 27%, el gravamen para rentas del capital entre 200.000 y 300.000 euros. Asimismo, se eleva hasta el 28% el gravamen para rentas del capital superiores a 300.000 euros. Por lo que la nueva escala de tributación de las rentas del ahorro queda de la siguiente manera:
Base liquidable del ahorro | Cuota íntegra | Resto base liquidable del ahorro | Tipo aplicable |
0 | 0 | 6.000,00 | 19% |
6.000,00 | 1.140,00 | 44.000,00 | 21% |
50.000,00 | 10.380,00 | 150.000,00 | 23% |
200.000,00 | 44.800,00 | 100.000,00 | 27% |
300.000,00 | 71.800,00 | En adelante | 28% |
El gobierno estima que esta medida afectará a 17.814 contribuyentes y tendrá un impacto superior a los 200 millones
- Rebaja del IRPF a los trabajadores con menores ingresos
Se amplía la reducción por rendimientos del trabajo que hasta ahora se aplicaba a rentas brutas del trabajo hasta 18.000 euros pasando a alcanzar esta reducción a los contribuyentes con un salario bruto del trabajo de 21.000 euros.
La reducción por rendimientos del trabajo operará sobre sueldos brutos entre 15.000 y 21.000 euros, cifra que equivale al salario mediano de España. Es decir, esta medida supone aplicar una rebaja para el 50% de los trabajadores y que supondrán un ahorro de 1.881 millones
En concreto esta medida consiste en que los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,5 euros siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros, minorarán el rendimiento neto del trabajo en las siguientes cuantías:
- Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 14.047,5 euros: 6.498 euros anuales
- Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 14.047,5 y 19.747,5 euros: 6.498 euros menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.047,5 euros anuales
Una consecuencia de la ampliación de la reducción por rendimientos del trabajo es que se eleva el umbral inferior de la obligación para no declarar respecto de los perceptores que tengan rendimientos del trabajo. En concreto, no están obligados a presentar la autoliquidación del Impuesto los contribuyentes que perciban rentas del trabajo de más de un pagador (y se cumplan requisitos específicos) si la suma de dichos rendimientos no supera los 15.000€.
- Cambios para los autónomos en el IRPF
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 incluye algunas rebajas que van a afectar al IRPF de los autónomos:
Estimación directa simplificada:
Reducción del Impuesto sobre la Renta de las Personas a empresarios y profesionales que determinen su rendimiento neto calculado por el método de estimación directa simplificada cuando los rendimientos netos de actividades económicas sean inferiores a 19.747,5 euros, siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las de actividades económicas superiores a 6.500 euros:
- Contribuyentes con rendimientos netos de actividades económicas iguales o inferiores a 14.047,5 euros: 6.498 euros anuales.
- Contribuyentes con rendimientos netos de actividades económicas comprendidos entre 14.047,5 y 19.747,5 euros: 6.498 euros menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia entre el rendimiento de actividades económicas y 14.047,5 euros anuales
Se aumentará en dos puntos, del 5% al 7%, la reducción para gastos deducibles de difícil justificación en la tributación en el Régimen de Estimación Directa Simplificada.
Estimación objetiva o módulos:
Rebaja adicional en el IRPF del 5% en el rendimiento neto de módulos, por tanto, los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de sus actividades económicas por el método de estimación objetiva podrán reducir el rendimiento neto de módulos obtenido en 2023 en un 10% en la forma que se establezca en la Orden por la que se aprueben los signos, índices o módulos para dicho ejercicio.
Se prorrogarán un año más los límites vigentes de exclusión en el sistema de módulos. Así, más contribuyentes podrán seguir tributando a través de este sistema. una rebaja adicional en el IRPF
Rebaja en el Impuesto sobre Sociedades a las pymes.
Las novedades fiscales 2023 más importantes y que afectarán al Impuesto sobre Sociedades de las empresas consiste en la reducción del tipo impositivo de dicho impuesto.
Esta medida trata de aliviar también la situación de las pequeñas empresas, a las que se les rebajará el tipo nominal del Impuesto sobre Sociedades del 25% al 23%. Para poder acogerse a esta rebaja fiscal, la facturación de la pyme no puede ser superior a un millón de euros.
Esta medida se calcula que beneficiará a 407.384 empresas que se ahorrarán 292 millones.
Impuesto de Actividades Económicas
Las principales novedades fiscales 2023 relativas al impuesto sobre actividades económicas son las siguientes:
- Se añade un nuevo grupo 848 en la agrupación 84 de la sección primera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, con la siguiente redacción: “Grupo 848. Servicios de oficina flexible, “coworking” y centros de negocios”.
Este grupo comprende los servicios prestados por las oficinas flexibles, “coworking” y centros de negocios, que ofrecen a sus clientes (empresas y profesionales) la infraestructura necesaria para desarrollar su actividad: espacios de trabajo, oficinas y salas de reuniones, de formación o de conferencias completamente equipadas, eventos, puestos de trabajo flexibles o fijos, servicio de comunicaciones, videoconferencia y conexión a Internet, oficinas virtuales, gestión de documentaciones y correspondencia, servicios de secretariado, “catering”, ofimática, etc.”
- Se modifica la agrupación 86 de la sección segunda de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas de la siguiente manera:
- A) Se modifica el título de la agrupación, que queda redactado de la siguiente forma: “Agrupación 86. Profesiones liberales, artísticas, literarias y culturales.”
- B) Se añade un nuevo grupo 864 Grupo 864. Escritores y guionistas
- C) Se añade un nuevo grupo 869, con la siguiente redacción: “Grupo 869. Otros profesionales relacionados con las actividades artísticas y culturales no clasificadas en la sección tercera
- Se añade un nuevo grupo 889 en la agrupación 88 de la sección segunda de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, con la siguiente redacción: “Grupo 889. Guías de montaña”
- Se añade un nuevo grupo 034 en la agrupación 03 de la sección tercera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, con la siguiente redacción: “Grupo 034. Compositores, letristas, arreglistas y adaptadores musicales.
Impuesto sobre el Valor Añadido
Las principales novedades fiscales 2023 relativas al IVA son las siguientes:
Rebaja en el tipo impositivo del 10 al 4 por 100 del tipo aplicable a las entregas de compresas, tampones y preservativos.
Se introducen diferentes modificaciones con el fin de Armonizar la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido entre otras:
- A la normativa comunitaria de IVA en relación con el lugar de realización de determinadas prestaciones de servicios.
- Armonización y adaptación de la normativa del Impuesto sobre el Valor Añadido a la normativa aduanera comunitaria.
- A la normativa comunitaria de IVA en materia de supuestos de inversión del sujeto pasivo.
- A la normativa comunitaria de IVA en relación con las reglas de tributación del comercio electrónico.
- Armonización de los supuestos de modificación de la base imponible cuando el deudor es declarado en concurso de acreedores, o cuando el crédito es declarado incobrable, a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, a la Directiva y jurisprudencia comunitarias.
Desde ACR Kontablex os mantendremos informados de todos los cambios que puedan surgir hasta la entrada en vigor de todas estas medidas fiscales.