La declaración anual de IVA o modelo 390, es una de las declaraciones informativas mas comunes entre Pymes y Autónomos que tendrás que presentar una vez terminado el ejercicio para completar tus obligaciones fiscales de IVA. En este blog te contamos en qué consiste, cómo y cuando tienes que presentarlo.
¿Qué es la declaración anual de IVA?
La declaración anual de IVA es una declaración informativa en la que tienes que incluir todas tus transacciones relativas al IVA y que de manera trimestral o mensual has tenido que ir declarando en el modelo 303. Podemos decir que es un resumen anual de IVA que engloba los trimestres o meses declarados y que amplía algo más la información. Al ser una declaración informativa no tendrás que pagar nada al presentarla, pero es de obligado cumplimiento. Se presenta a través del modelo 390 y es muy importante la correlación entre los datos declarados en los modelos 303 y en el resumen anual. Si no cuadran los diferentes trimestres con lo declarado en el resumen anual de IVA puede que Hacienda te requiera para realizar las comprobaciones fiscales oportunas.
¿Quién tiene que presentar a declaración anual de IVA?
Como regla general, si eres sujeto pasivo de IVA, es decir realizas una actividad profesional o empresarial sujeta a IVA y estás obligado a presentar declaraciones mensuales o trimestrales de IVA, también estas obligado a presentar la declaración anual de IVA o modelo 390.
Pero hay algunas excepciones a esta obligación, no estarás obligado a presentar la declaración anual de IVA o modelo 390 si:
- Estas obligado a presentar el modelo 369 “Impuesto sobre el Valor Añadido. Autoliquidación de los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos, que efectúen ventas a distancia de bienes y ciertas entregas interiores de bienes»
- Si realizas exclusivamente las operaciones exentas comprendidas en los artículos 20 y 26 de la Ley del IVA.
Además, estarás exonerado de la presentación del resumen anual de IVA si:
- Llevas los libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT (Suministro Inmediato de Información-SII). Estarás en este caso:
- Cuando estas Inscrito en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA)
- Si eres Gran Empresa. (facturación superior a 6.010.121,04 €)
- Formas parte de un Grupos de IVA.
- Si has optado voluntariamente a llevar los Libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT
- Realizas actividades en régimen simplificado del IVA y/o tu actividad consiste en operaciones de arrendamiento de bienes inmuebles urbanos.
Ten en cuenta que si estás en el grupo de excluidos de la obligación de presentar la declaración anual de IVA en la última declaración trimestral tienes que cumplimentar un apartado específico en relación con tus actividades económicas y, en su caso, sobre el porcentaje de prorrata aplicable, sectores diferenciados y porcentajes de tributación a varias Administraciones, así como el detalle del volumen total de operaciones realizadas en el ejercicio.
Los trabajadores autónomos en recargo de equivalencia no tienen la obligatoriedad de realizar la presentación del Modelo 390 o resumen anual de IVA.
Plazos para la presentación de la declaración anual de IVA
La declaración anual de IVA o modelo 390, tiene que presentarse en los treinta primeros días naturales del mes de enero siguiente al año al que se refiere la declaración. Si el vencimiento coincide con una festividad local o autonómica, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente. Puedes consultar el plazo para la próxima declaración en el calendario del contribuyente que la agencia tributaria publica todos los años en su página de internet.
Como presentar la declaración anual de IVA
Podrás presentar el resumen anual de IVA o modelo 390 si dispones de certificado electrónico reconocido emitido de acuerdo con las condiciones que establece la Ley 6/2020, de 11 de noviembre. Este método es obligatorio para los siguientes sujetos pasivos:
– Inscritos en el Registro de devolución mensual
– Los que tengan la condición de gran empresa o estén adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes.
– Los que tributen en Régimen especial del grupo de entidades, las Administraciones Públicas
– Sociedades anónimas o sociedades de responsabilidad limitada.
También puedes presentarlo utilizando el sistema Cl@ve PIN o sistema de firma con clave de acceso en un registro previo como usuario establecido si eres persona física y no estas obligado a la utilización de certificado electrónico.
Instrucciones para cumplimentar la declaración anual de IVA
Si te quieres animar y probar tú mismo aquí te dejamos las instrucciones completas para cumplimentar el modelo 390. Por si te sirve de ayuda, te explicamos algunos de los apartados mas importantes de esta declaración.
- Sujeto Pasivo: Especifica el NIF y nombre del autónomo/empresa, así como si estás en algunos de los grupos excluidos.
- Devengo: Año al que se refiere la declaración y si la declaración es sustitutiva. Si lo es, escribe el número de referencia de la declaración sustituida.
- Datos Estadísticos: Detalla tus actividades económicas e incluye su epígrafe del IAE
- Datos del representante: Sólo si presentas la declaración en nombre de terceos.
- Operaciones realizadas en régimen general
- IVA DEVENGADO: Es el IVA que repercutes en tus ventas. Lo tienes que desglosar por tipo de operación (régimen ordinario, intracomunitaria, criterio de caja…) y tipos de IVA (0%, 4%, 10% y 21%). Tienes que declarar tanto la base imponible como la cuota de IVA
- IVA DEDUCIBLE: Tienes que desglosar las bases y cuotas de IVA incluidas en las facturas de compra, de manera similar a lo explicado en el IVA devengado.
- Operaciones realizadas en régimen simplificado: En el caso de que tributes por el régimen simplificado, es decir módulos, has de cumplimentar el punto 6. Aunque recuerda que los autónomos en módulos no tienen la obligación de presentar el modelo 390 si han cumplimentación la información en el modelo 303 del cuarto trimestre
- Resultado liquidación anual: (Sólo para sujetos pasivos que tributan exclusivamente en territorio común): Es el la suma de los resultados de tus declaraciones trimestrales.
- Tributación por razón de territorio: (Sólo para sujetos pasivos que tributan a varias Administraciones): Tienes que cumplimentarlo si tributas a la vez en una administración del Estado y en algunas de las administraciones forales de Navarra y País Vasco
- Resultado de las liquidaciones: Este apartado es necesario solo si tu empresa forma parte de un grupo de entidades (grupo formado por una entidad dominante que tiene vinculación con otras entidades dependientes y cuyo objetivo es la declaración conjunta de IVA).
- Volumen de operaciones: Resumen total de los ingresos según las operaciones realizadas. Este dato es muy importante ya que hacienda lo utiliza como parámetro para determinar si estas incluido en alguno de los regímenes especiales, tales como el régimen simplificado o de la agricultura, ganadería o pesca o régimen especial de grandes empresas.
- Operaciones específicas: Tienes que consignar el importe total de las operaciones que se detallan en el modelo, con independencia de que ya hayan sido incluidas en apartados anteriores, las más comunes serían:
- Operaciones exentas de IVA (tanto interiores, como intracomunitarias o importaciones)
- Bases Imponibles del IVA soportado no deducible: Se consignará el importe total, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, de las operaciones sujetas y no exentas del Impuesto cuyas cuotas soportadas o satisfechas no sean deducibles.
- Prorrata: Este apartado lo cumplimentarás, exclusivamente, si aplicas la regla de prorrata por realizar operaciones con derecho a deducción y sin derecho a deducción simultáneamente.
- Actividades con regímenes de deducción diferenciados: Si realizas actividades con regímenes de deducción diferenciados (artículo 101 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido), desglosa el apartado del IVA deducible para cada uno de los sectores diferenciados.
Ya has podido comprobar que la cumplimentación del resumen anual de IVA es bastante compleja. Es importante que esta declaración cuadre con las declaraciones trimestrales para evitar posibles inspecciones. Además, tienes que hacerlo dentro del plazo estipulado por hacienda… Si todo este trabajo se te va de las manos y crees que necesitas contar con un asesor fiscal externo, en ACR Kontablex te ayudamos.