Qué es el modelo 303 y cuándo se presenta

Si eres autónomo, profesional o empresa seguro que alguna vez te habrás preguntado qué es el modelo 303 y cuándo se presenta. Tanto si estas emprendiendo como si ya tienes un negocio en marcha, te interesa conocer cómo funciona este modelo y cuáles son sus peculiaridades.

Qué es el modelo 303 y cuándo se presenta

Qué es el modelo 303 y cuándo se presenta

El modelo 303 es el formulario que tendrás que presentar de manera periódica ante la agencia tributaría para declarar el IVA de tu negocio. Con carácter general se presenta cada trimestre, aunque en algunos casos se puede presentar de forma mensual. La presentación de la autoliquidación se realiza incluso en los períodos en los que no existan cuotas devengadas ni se practique deducción de cuotas soportadas o satisfechas. El comienzo de esta obligación se produce cuando inicias tu actividad y se comunica a hacienda a través del modelo 036. La baja cuando cesas en tu actividad y lo comunicas a hacienda a través del mismo modelo.

Qué es el IVA y cómo funciona

El IVA es un impuesto indirecto ya que grava el consumo de bienes y servicios. Nos afecta a todos por igual. Es decir, todos pagamos el mismo porcentaje de impuesto, independientemente del cual sea nuestro nivel de renta o poder adquisitivo. Es un impuesto que tiene que pagar el consumidor final, aunque es el empresario el que está obligado a recaudarlo e ingresarlo a la agencia tributaria a través del modelo 303.

Si eres empresario o profesional, tendrá que repercutir IVA por tus ventas o prestaciones de servicios a tus clientes y además en tus compras soportarás cuotas de IVA, que podrás deducirte en el modelo 303. En cada liquidación, se declara el IVA repercutido a los clientes, restando de éste el soportado en las compras y adquisiciones a los proveedores, pudiendo ser el resultado tanto positivo como negativo.

Si el resultado es positivo, debes ingresar el importe en el Tesoro público. Si es negativo, con carácter general, se compensa en las autoliquidaciones siguientes. Si presentas el modelo 303 trimestral podrás solicitar la devolución del importe negativo sólo si al final del ejercicio, en la última declaración presentada. Si estás obligado a presentar la liquidación de IVA mensual o bien te has inscrito voluntariamente en el registro de devolución mensual, se puede optar por solicitar la devolución o bien compensar el saldo negativo en las liquidaciones siguientes en cualquiera de las declaraciones presentadas.

Ejemplo de funcionamiento de IVA para un producto industrial cuya cadena de producción se inicia con la venta de materias primas para su transformación y que termina con la venta al consumidor final. Fuente AEAT

Cada uno de los empresarios ha soportado el impuesto que le ha sido repercutido por su proveedor, siendo esta cuota la cantidad que pueden deducir al presentar sus correspondientes autoliquidaciones del IVA.

La repercusión final, es decir, el impuesto pagado por el consumidor final en concepto de IVA ha sido 105 euros, que proviene de multiplicar el precio final del producto, 500 euros, por el tipo impositivo del 21%. Este impuesto ha sido ingresado en la Hacienda Pública poco a poco por cada empresario o profesional en función del valor añadido al bien o servicio en su concreta fase de producción y distribución.

Cuando se presenta el modelo 303

El modelo 303 es por tanto el formulario que tendrás que presentar para declarar tanto el IVA soportado como el IVA repercutido en el ejercicio de tu actividad. Si cuentas con los servicio de una asesoría fiscal seguro que ellos se ocupan de su presentación. Por si este no es tu caso toma nota de los plazos para presentar esta declaración si lo haces trimestralmente:

– Primer trimestre: Hasta el 20 de abril

– Segundo trimestre: Hasta el 20 de julio

– Tercer trimestre: Hasta el 20 de octubre

– Cuarto trimestre: Hasta el 31 de enero

Declaración mensual:

Podrás presentar el modelo 303 cada mes y beneficiarte de la devolución mensual del IVA si te inscribes en el registro mensual de devoluciones (REDEME) y cumples una serie de requisitos (por ejemplo, estar al corriente en tus obligaciones, no realizar operaciones en el régimen simplificado…). Quedarás obligado a la presentación online del modelo 303 de manera mensual (del 1 al 30 del mes siguiente) y a llevar los libros de registro del IVA a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (SII)

La solicitud de inscripción en el registro la tienes que presentar a través del modelo 036 durante el mes de noviembre del año anterior a aquél en que deba surtir efecto. Se podrá igualmente solicitar durante el plazo de presentación de las declaraciones-liquidaciones periódicas. En este caso, la inscripción en el registro surtirá efectos desde el día siguiente a aquél en el que finalice el período de liquidación de dichas declaraciones-liquidaciones.

Una vez inscrito, estás obligado a permanecer en él al menos durante el año para el que solicitaste la inscripción o, si has solicitado la inscripción durante el plazo de presentación de las declaraciones-liquidaciones periódicas, al menos durante el año en el que solicitaste la inscripción y el inmediato siguiente.

Podrás solicitar la baja en el registro mensual de devoluciones en el mes de noviembre del año anterior a aquél en que deba surtir efectos.

Estarás obligado a la presentación mensual de IVA si tu facturación excede de la cifra de 6.010.121,04 euros en tu volumen de operaciones del año natural inmediato anterior. En ese momento pasarás a ser Gran Empresas.

Consideraciones en cuanto a los plazos de presentación:

Te conviene saber que en el caso de declaraciones con resultado a ingresar cuyo pago quieras domiciliar el plazo para su presentación finaliza 5 días antes al plazo oficial, esto es en el caso de declaraciones trimestrales del 1 al 26 de enero y del 1 al 15 de abril, julio y octubre y en declaraciones mensuales del 1 al 25 de cada mes.

Si el vencimiento del plazo de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente y el plazo de domiciliación bancaria se ampliará con carácter general el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación.

Qué es el modelo 303 y cuándo se presenta

Quién está obligado a presentar el modelo 303

Ahora que ya sabes qué es el modelo 303 y cuándo se presenta querrás saber si estas obligado a hacerlo. Pues, si desarrollas una actividad empresarial y realizas operaciones sujetas a IVA estás obligado a su presentación independientemente del tipo de empresario que seas (sociedad, autónomo, asociación…).

Son operaciones sujetas las entregas de bienes o prestaciones de servicios realizadas a título oneroso por un empresario o profesional en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional en el ámbito espacial de aplicación del impuesto. La operación no debe aparecer entre los supuestos de no sujeción previstos en la Ley, (es decir, que no se trate de una operación no sujeta) ni entre los supuestos de exención previstos en la Ley, (es decir, que no se trate de una operación exenta). También son sujetas las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes.

No estarás obligado a presentar el modelo 303 en los siguientes supuestos:

-Si realizas únicamente operaciones exentas (las especificadas en el art 20 de la ley de IVA) como por ejemplo servicios sanitarios, educativos, seguros y servicios financieros.

-Si realizas operaciones en alguno de los regímenes especiales de IVA como el recargo de equivalencia, Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca y el Régimen simplificado.

Como se presenta el modelo 303

La presentación se realiza con carácter general por vía electrónica, aunque las formas de presentación habilitadas para el modelo 303 dependen del sujeto pasivo obligado a la presentación:

  1. a) Las personas físicas, no están obligadas a utilizar certificado electrónico, por lo que pueden presentar sus declaraciones telemáticamente mediante el sistema Cl@ve o mediante la presentación del formulario del modelo 303 impreso generado mediante la utilización del servicio de impresión ubicado en la Sede electrónica (predeclaración). Si eres autónomo estas en este caso.

Si optas por la presentación en papel tienes que saber que:

Si el resultado de tu declaración es a ingresar, puedes presentarla en cualquier entidad de depósito sita en territorio español que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria.

Si el resultado de tu declaración es a devolver puedes presentarla en la entidad de depósito sita en territorio español que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria donde quieras recibir la devolución o en la Delegación o Administración de la AEAT correspondiente a tu domicilio fiscal.

Si el resultado de tu declaración es a compensar o sin actividad puedes presentarla por correo certificado o entrega personal en la Delegación o Administración de la AEAT correspondiente a tu domicilio fiscal.

  1. b) Si estás obligado a la utilización de un certificado electrónico reconocido estas obligado a la presentación telemática. Están obligados al uso de certificado electrónico: Las Administraciones Públicas, los obligados tributarios adscritos a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o a alguna de la Unidades de Gestión de Grandes Empresas, los obligados tributarios cuyo período de liquidación coincida con el mes natural, y las entidades que tengan la forma jurídica de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada. Las entidades, no obligadas a utilizar certificado electrónico pueden igualmente presentar el formulario del modelo 303 impreso.

Seguro que ya tienes claro qué es el modelo 303 y cuándo se presenta, pero el IVA es un impuesto muy complejo que se complica si realizas ventas a distancia u operaciones exteriores o intracomunitarias. En estos casos necesitarás saber que es el número EORI o como afecta el IVA si tienes una tienda online  …Si eres de los que el IVA les trae de cabeza, no te preocupes, desde ACR Kontablex podemos ayudarte.