Cómo tributan las criptomonedas en España

El mercado de las criptomonedas se afianza cada vez más en España. El banco de España ha estimado que durante el año 2021 en nuestro país su volumen de transacciones alcanzó los 60.000 millones de euros que representa un 10% del negocio total en la zona euro. A pesar de ello sigue siendo un terreno oscuro y con falta de regulación específica de ahí que sean muchas las dudas que le surgen a los pequeños inversores. ¿Te has planteado invertir en criptomonedas, pero necesitas saber más? ¿Quieres saber cómo tributan las criptomonedas en España? Te lo contamos en nuestro blog.

Cómo tributan las criptomonedas en España

¿Qué son las criptomonedas?

Antes de explicarte cómo tributan las criptomonedas en España repasamos su definición para que puedas resolver todas tus dudas.

Bitcoin, Cardano, Ethereum, Tether, Binance Coin, Dodgecoin, Polkadot ¿te suenan?, son el nombre de las criptomonedas más famosas y así como el dólar, el euro o la libra son divisas con la peculiaridad de que son digitales es decir no existen de forma física,               se almacenan en una cartera digital y se transfieren y negocian electrónicamente.

Según la definición de la UE un criptoactivo “es una representación digital de valor o derechos que puede transferirse y almacenarse electrónicamente, mediante la tecnología de registro descentralizado o una tecnología similar”.

Para que lo entiendas, es una representación digital de valor o derechos ya que, aunque fiscalmente y a efectos de IVA el Tribunal de Justicia Europea lo haya “asimilado” a las monedas tradicionales; en realidad no tienen la consideración de medio oficial de pago y no cuentan con el respaldo de un banco central u otras autoridades públicas. Representan un valor o un derecho, son activos no dinerarios o bienes inmateriales aceptados en determinados mercados. A diferencia de las divisas tradicionales no están reguladas por ninguna institución y no requieren de intermediaros en las transacciones.

Y que puede transferirse y almacenarse electrónicamente, mediante la tecnología de registro descentralizado o una tecnología similar quiere decir que se controlan a través de un registro contable compartido o blockchain. La tecnología blockchain funciona como un gran libro de contabilidad donde se registra y almacena gran cantidad de información. Esta información se comparte en la red y está protegida para que los datos que contiene no se puedan alterar ni eliminar.

En cuanto a su puesta en circulación, la mayoría de las criptomonedas se generan mediante el minado. El minado de criptomonedas es un proceso informático que consiste en resolver los problemas matemáticos que se presentan y que sirven para validar las operaciones que se llevan a cabo mediante un tipo determinado de criptomonedas. Los “mineros” que lo han llevado a cabo obtienen a cambio criptomonedas.

Tributación de las Criptomonedas en IRPF

Para conocer cómo tributan las criptomonedas en España empezamos con su tratamiento fiscal en la declaración de la renta. En este impuesto será necesario declarar las ganancias que reporten los rendimientos, transmisiones o ventas de criptomonedas y se incluyen en la base imponible del ahorro. Estas ganancias pueden ser por:

  • Trasmisión de monedas virtuales a cambio de dinero o permutas (cambio de una cripto por otra), “trades” o compraventas. Se consideran ganancias o pérdidas patrimoniales.
  • Sin trasmisión: como en el caso de los “airdrops” (regalo de criptomonedas con finalidad promocional) o los programas de referidos mediante los que recibimos criptomonedas al recomendar a las personas determinadas criptomonedas.
  • Rendimientos de Capital: Se incluyen intereses, ganancias o recompensas generadas en la actividad de “staking”. Los pagan las plataformas a las que hemos enviado nuestras criptomonedas que las custodian y las mantienen bloqueadas a cambio de generar un rendimiento.
  • Actividad económica: se refiere a la actividad de minería o a la realización de trading o compraventa de criptomonedas para terceras personas…

Los rendimientos de capital mobiliario y las ganancias patrimoniales por trasmisión tributan en la renta según los siguientes tramos:

 

Rendimientos Tipo IRPF
0€ – 6.000€ 19%
6.000€ – 50.000€ 21%
50.000€ – 200.000€ 23%
Más de 200.000€ 26%

 

Las ganancias patrimoniales sin transmisión y las procedentes de la actividad económica tributan en la parte general de la Renta por tanto tributan a un tipo estatal y otro tipo autonómico, por tramos que pueden oscilar ente el 19% y el 37%.

 

Tributación de las Criptomonedas en Patrimonio

Hay otro impuesto que tenemos que tener en cuenta si queremos saber cómo tributan las criptomonedas en España y este es el Impuesto sobre Patrimonio.

Este impuesto grava el patrimonio neto de las personas físicas, por lo que tienes que considerar tu importe de criptomonedas como parte de tu patrimonio a la hora de declarar este impuesto. El importe a partir del cual hay que presentarlo lo marca cada comunidad Autónoma, por lo que si el total de tus bienes (incluyendo tus criptomonedas) a 31 de diciembre es superior al límite de tu comunidad tienes que tributar por ellas.

España no cuenta todavía con un marco normativo específico para los criptoactivos, así que ha sido la DGT (Dirección General de Tributos) la encargada de clarificar el tratamiento fiscal de la titularidad, actividades o negocios jurídicos que vayan vinculados a las criptomonedas.

Para saber cuál es el valor de tus criptomonedas por el cual tributarás hay que utilizar el criterio de la DGT, que nos dice que las criptomonedas deben valorarse ‘como un capital en divisas “por su valor equivalente en euros”

Tributación de las Criptomonedas en IVA

Si te dedicas como actividad profesional al minado de criptomonedas para terceras personas te interesa saber cómo tributan las criptomonedas en España a efectos de IVA.

En ese caso estarás dado de alta en un epígrafe de IAE relacionado con la actividad financiera. Al no existir un epígrafe de IAE específico para el minado de criptomonedas tendrías que estar dado de alta en el epígrafe 831.9, sección primera: Otros servicios financieros no clasificados en otras partes.

A efectos de IVA las transacciones financieras se consideran sujetas pero exentas del impuesto por lo que no tendrías que declarar ningún IVA en el modelo 303.

La compraventa de criptomonedas para ti mismo está igualmente exenta de IVA y la actividad de minado que hagas personalmente al no considerarse una actividad económica no está sujeta a IVA.

Tributación de las Criptomonedas en Sucesiones y Donaciones

Tanto si heredas como si te regalan criptomonedas, tendrás que tributar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Este es un impuesto gestionado por las comunidades autónomas y para saber el porcentaje a pagar tienes que tomar como referencia la comunidad autónoma en la que el fallecido tenía su residencia o en la que se produce la donación.

Las criptomonedas deberán valorarse a su valor de mercado en el momento del fallecimiento o donación. Aunque la DGT no se ha pronunciado sobre la valoración de las criptomonedas en el impuesto de sucesiones y donaciones si lo ha hecho, como hemos dicho antes en el impuesto sobre el patrimonio, por lo que se podrían valorar de la misma manera.

Por tanto, independientemente de la comunidad autónoma en la que los herederos deban liquidar el impuesto de sucesiones, las criptomonedas deben valorarse “como un capital en divisas” por su valor equivalente en euros en el momento del fallecimiento del titular de las criptomonedas.

Novedades fiscales sobre criptomonedas en 2022

Dentro de las novedades fiscales para el 2022, se encuentran los nuevos modelos con los que Hacienda controlará las criptomonedas. Son declaraciones informativas que tienen carácter anual y se presentan en el mes de enero del año siguiente al que vayan referidas las declaraciones.  La primera presentación, la referida al año 2022 se presentará en enero del 2023.

  • Modelo 172 “DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE SALDOS EN MONEDAS VIRTUALES”
  • Modelo 173 “DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE OPERACIONES CON MONEDAS VIRTUALES”

Deberán ser presentados por todas aquellas empresas residentes fiscales en España que participan del mundo de las criptodivisas. Aquellas empresas que gestionen criptomonedas tendrán el deber de informar de cada uno de sus distintos saldos, así como de la identidad de sus titulares. Además, aquellos Exchange que cumplan con lo indicado en el texto de la ley, deben informar de los domicilios, identificación fiscal, el precio y la fecha de las operaciones realizadas.

  • Modelo 721 “DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE MONEDAS VIRTUALES SITUADAS EN EL EXTRANJERO”

Este modelo irá dirigido a personas físicas, propietarias de criptomonedas en el extranjero. El primer año en el que se deben declarar es el ejercicio 2022. Dicha declaración deberá presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023.