Otro año más tenemos que hacer la declaración de la renta 2022 de la Agencia Tributaria así que te conviene saber si estás o no obligado a realizarla, tienes que pensar en las principales deducciones que puedes aplicarte y también las fechas clave más importantes.
A continuación, vamos a despejar las dudas más habituales que podemos tener cuando realizamos este impuesto así como también te contaremos las principales novedades fiscales de la declaración de la renta 2022 de la Agencia Tributaria.
Calendario de la campaña de la renta 2022
Debes tener en cuenta que, si presentas la declaración de la renta fuera de plazo, tendrás que pagar una multa según el retraso. Hasta ahora, esas multas eran de un 1% de la cantidad adeudada, total al que habrá que sumar un 1% más por cada mes transcurrido sin haber corregido la situación. Si el retraso es de más de 12 meses, el recargo será del 15 %, sumando intereses de demora. Para que esto no te ocurra, aquí te dejamos el calendario para la declaración de la renta 2022-2023.
- 11 de abril de 2023: comienza el plazo para presentar por internet las declaraciones de la renta y patrimonio relativas al ejercicio 2022.
- 3 de mayo de 2023: se abre el plazo para solicitar cita previa para realizar la declaración de la renta por teléfono.
- 5 de mayo de 2023: se podrá presentar la declaración de la renta 2022 por teléfono.
- 25 de mayo de 2023: se podrá empezar a solicitar cita previa para confeccionar la declaración de la renta en las oficinas de la Agencia Tributaria.
- 1 de junio de 2023: comienza el plazo para realizar la declaración de la renta 2022 presencialmente en las oficinas de la AEAT.
- 27 de junio de 2023: expira el plazo para presentar declaraciones de la renta de forma “on line” si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta.
- 29 de junio de 2023: es el último día para pedir cita previa para realizar la declaración por teléfono o en una oficina de la Agencia Tributaria.
- 30 de junio de 2023: finaliza el plazo para presentar de manera presencial, por internet o por teléfono las declaraciones de renta y patrimonio, siempre que sea con resultado a devolver, renuncia a la devolución o el resultado negativo y a ingresar sin domiciliación del primer plazo.
Las únicas comunidades autónomas a las que no se aplican estas fechas que tienen en común la gran mayoría de los contribuyentes en España son País Vasco y Navarra, territorios que constituye una excepción al régimen fiscal general por regirse por una fiscalidad propia.
Retribución como administrador
Para empezar con la retribución de los socios y administradores te explicamos como se remunera a los administradores de las sociedades mercantiles.
Lo primero que debes conocer es que la retribución como administrador de la sociedad no se considera una operación vinculada (art. 18.2b LIS) y que el importe del gasto se considera deducible para la sociedad si se cumplen los siguientes requisitos:
- En los estatutos de la empresa debe constar que el cargo de administrador es remunerado y de qué forma se le va a retribuir (importe fijo, variable en función de algún parámetro, con aportaciones a planes de pensiones…)
- La junta general de socios debe aprobar el importe máximo anual de dicha remuneración.
- La valoración de la remuneración debe realizarse según valor razonable.
- Si además realizas funciones de dirección ejecutiva, debe existir un contrato de alta dirección.
A efectos del IRPF las remuneraciones como administrador se consideran rendimientos del trabajo y su retención es del 35% o del 19% si la cifra de negocios de la empresa es inferior al 100.000 Eur.
¿Quiénes están obligados a hacer la declaración de la renta 2022 de la Agencia Tributaria?
Los contribuyentes tienen que cumplir con el fisco pero no todos los ciudadanos están obligados a presentar la declaración de la renta. Existen una serie de ingresos mínimos que hacen que sea o no obligatorio presentar la declaración este 2022
- Están obligados a presentarla todos los que hayan obtenido ingresos superiores a los 22.000 euros en el año 2022, si son de un único pagador.
- Si has tenido 2 o más pagadores, el importe mínimo es de 15.000 euros, siempre y cuando la suma del segundo pagador y los sucesivos sea en su conjunto de 1.500 euros. Esto ha cambiado respecto al año pasado, ya que el umbral era de 14.000 euros.
Además, también hay pensionistas que están exentos de hacer la declaración de la renta 2022 de la Agencia Tributaria y son los siguientes:
- Pensiones contributivas de incapacidad permanente: esto se aplica para los grados de incapacidad absoluta y gran invalidez.
- Clases Pasivas: aplicable para las pensiones de incapacidad permanente adscritas a este régimen.
- Prestaciones familiares: aquí entran las prestaciones por nacimiento y cuidado de un menor, así como las pensiones de orfandad o las que son a favor de nietos o hermanos.
- Víctimas del terrorismo: si tu pensión de jubilación es derivada de un acto de terrorismo estarás exento de presentar la renta.
- Víctimas de la Guerra Civil: igual que el punto anterior, pero para los beneficiarios que sufrieron mutilaciones o daños importantes durante la guerra.
Sin embargo, debes estudiar si hacer la renta te puede compensar, ya que te brinda la oportunidad de ahorrar dinero en impuestos gracias a las deducciones fiscales, algo que no puedes hacer prescindiendo del trámite de IRPF.
Principales novedades de la campaña de la renta 2022
La campaña 2022/2023 presenta varias novedades importantes que harán que muchos contribuyentes paguen menos impuestos, mientras que otros estarán exentos de presentar la declaración anual de sus cuentas.
- Bajan las retenciones de IRPF en la nómina. Una de las principales novedades tributarias para este 2023 es la reducción del tipo de gravamen de IRPF para sueldos inferiores a 32.500€.
- Aportación a planes de pensiones. La cantidad que puedes deducir en los planes de pensiones privados se reduce de los 2.000 a los 1.500 euros anuales. Eso sí, se ha ampliado de 8.000 a 8.500 euros en caso de que el contribuyente tenga un plan de pensiones de empresa.
- Umbrales de ingresos que obligan a presentar la renta. Una de las preguntas que siempre surge en la renta es la de quién está obligado a presentar la declaración.Para ello es necesario conocer los umbrales que establece Hacienda cada campaña. Como ya hemos comentado anteriormente;
- Si tienes un solo pagador, debes presentar la renta siempre y cuando tus ingresos por rendimientos del trabajo superen los 22.000 euros anuales.
- En el caso de que tengas 2 pagadores o más, el límite se sitúa en 15.000 euros anuales por rentas del trabajo. Superado este máximo, has de entregar la renta de forma obligatoria.
Este último aspecto es relevante, ya que el año pasado el límite se encontraba en 14.000€ y se trata de un cambio que beneficiará a miles de contribuyentes.
- Ampliación de la deducción por maternidad. Las madres de niños menores de 3 años sin empleo y que reciben una prestación asistencial podrán aplicar la deducción por maternidad. El cambio principal es que, hasta ahora, las madres que no desarrollaban una actividad profesional tenían vetado el acceso a la deducción. En 2023 se amplía en este sentido. La deducción por maternidad es de 100 euros mensuales por cada hijo menor de 3 años.Se puede solicitar mensualmente o percibir en un solo pago al realizar la declaración anual del IRPF. Esto último te ayudará a que el resultado de tu declaración salga a devolver.
- Modificaciones en el IRPF de algunas comunidades autónomas. Madrid, Comunidad Valenciana, Galicia, Andalucía y Murcia presentan novedades en lostramos de IRPF que se van a aplicar con carácter retroactivo, por lo que quedarán reflejadas en la declaración de la renta que presentas este año.
- Impuesto de Solidaridad de las grandes fortunas. Se configura como un impuesto complementario del Impuesto sobre el Patrimonio, de carácter estatal, no susceptible de cesión a las comunidades autónomas, para gravar con una cuota adicional los patrimonios de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 de euros.
- Modificaciones para autónomos. La principal para el colectivo de autónomos hace referencia al nuevo sistema de cotizaciones a la Seguridad Social. Desde el 1 de enero de 2023, la cuota de autónomos se calcula partiendo de los rendimientos netos reales y no de la base que él decida, estableciendo 15 tramos de cotización.
En ACR Kontablex te ayudamos a confeccionar tu declaración de la renta 2022 de la Agencia Tributaria y te brindamos la oportunidad de ahorrar dinero en impuestos gracias a las deducciones fiscales. ¡No lo dudes y llámanos!