Tipos de gastos deducibles para empresa

Tanto si ha llegado el momento de cerrar el ejercicio económico de tu empresa como si tienes que presentar el impuesto sobre sociedades en Hacienda, te ayudará saber cuáles son los tipos de gastos deducibles para empresa y cómo se desgravan. Esto te será de gran ayuda para poder realizar una correcta declaración fiscal.

¿Cuáles son los tipos de gastos deducibles para empresa?

Cuando te hablamos de gastos deducibles generalmente nos referimos a los gastos que la normativa fiscal te permite deducir de tus ingresos para realizar el cálculo del impuesto sobre sociedades, si eres empresa, o del rendimiento neto de actividades económicas si eres autónomo. Como norma general ten en cuenta que un gasto deducible es un gasto que se ha generado en el ejercicio de tu actividad económica o dicho de otro modo un gasto deducible es aquel que se relaciona con la generación de tus ingresos. Si eres autónomo puedes leer en este artículo cuales son esos gastos deducibles y si tienes una empresa te contamos a continuación algunas claves.

Características de los gastos deducibles

Para saber cuáles son los tipos de gastos deducibles para empresa tienes que conocer que características deben cumplir dichos gastos desde el punto de vista fiscal. En principio, como hemos dicho anteriormente, todo gasto realizado por una sociedad durante la realización de su actividad es susceptible de considerarse deducible. Aunque ten en cuenta que además se deben de cumplir una serie de requisitos:

Contabilización del gasto y su correlación con los ingresos

Cualquier gasto fiscal es también gasto contable, es decir, ha sido registrado previamente en la contabilidad del contribuyente siguiendo los principios contables, de manera directa y fiel. Esto queda reflejado en el artículo 11 de la Ley sobre el Impuesto de sociedades (LIS):

“3. 1.º No serán fiscalmente deducibles los gastos que no se hayan imputado contablemente en la cuenta de pérdidas y ganancias o en una cuenta de reservas si así lo establece una norma legal o reglamentaria, a excepción de lo previsto en esta Ley respecto de los elementos patrimoniales que puedan amortizarse libremente o de forma acelerada”

Según lo anterior, se puede afirmar que un gasto contable, para ser considerado tal, debe ser realizado para la obtención de ingresos, esto es, debe estar correlacionado con los ingresos. Este es el primer requisito que va a determinar de manera general, la consideración de un gasto como deducible. Como la base imponible del Impuesto sobre Sociedades es el resultado contable de la entidad, los gastos contabilizados necesariamente sólo pueden ser aquellos realizados para la obtención de ingresos, siempre y cuando su inscripción contable se haya realizado conforme a lo normativarecogida en el PGC.

Justificación del gasto

El registro contable de un gasto no es requisito suficiente para que sea considerado deducible. Otra de las características necesarias es que dicho gasto esté debidamente justificado.

En este sentido establece el artículo 29 de la Ley General de Tributo (LGT) que:

«1. Son obligaciones tributarias formales las que, sin tener carácter pecuniario, son impuestas por la normativa tributaria o aduanera a los obligados tributarios, deudores o no del tributo, y cuyo cumplimiento está relacionado con el desarrollo de actuaciones o procedimientos tributarios o aduaneros.

  1. Además de las restantes que puedan legalmente establecerse, los obligados tributarios deberán cumplir las siguientes obligaciones:

(…)

  1. e) La obligación de expedir y entregar facturas o documentos sustitutivos y conservar las facturas, documentos y justificantes que tengan relación con sus obligaciones tributarias».

y respecto a las normas sobre medios y valoración de la prueba, el artículo 106.4 de la LGT dispone que:

«4. Los gastos deducibles y las deducciones que se practiquen, cuando estén originados por operaciones realizadas por empresarios o profesionales, deberán justificarse, de forma prioritaria, mediante la factura entregada por el empresario o profesional que haya realizado la correspondiente operación que cumpla los requisitos señalados en la normativa tributaria.

Sin perjuicio de lo anterior, la factura no constituye un medio de prueba privilegiado respecto de la existencia de las operaciones, por lo que una vez que la Administración cuestiona fundadamente su efectividad, corresponde al obligado tributario aportar pruebas sobre la realidad de las operaciones».

En resumen, la mejor forma de justificar un gasto de tu empresa es mediante la aportación de la factura original expedida por el proveedor, aunque no es la única. Cualquier medio de prueba válido en derecho servirá como justificación de la realidad de la operación y de su valoración. Justificar las transacciones de tu empresa es además una obligación legal para ti. Recuerda que todos los documentos que den soporten a tus transacciones económicas, así como los libros contables tienen sus plazos legales de conservación que tienes que cumplir para evitar sanciones.

Tipos de gastos deducibles para empresa

Imputación Temporal del gasto

Otra de las características que tiene que cumplir un gasto para que sea considerado deducible es el imputación temporal del gasto. Como podrás ver, la norma general es que los ingresos y gastos se deben imputar en el período impositivo en que se produzca su devengo. Así lo establece el articulo 11 de la LIS:

“1. Los ingresos y gastos derivados de las transacciones o hechos económicos se imputarán al período impositivo en que se produzca su devengo, con arreglo a la normativa contable, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro, respetando la debida correlación entre unos y otros”

Limitación de la deducibilidad de ciertos gastos

La Administración tributaria en algunos caso, delimita el importe de la cantidad deducible como sucede por ejemplo con las amortizaciones, las pérdida por deterioro del valor de los elementos patrimoniales y las provisiones. Como ejemplo te explicamos a continuación uno de los casos más frecuentes en la empresas, el de las Amortizaciones del inmovilizado material e intangible.

Hacienda considera que la depreciación es deducible cuando para su cálculo se utilicen algunos de los métodos recogidos en el artículo 12 de la LIS, como, por ejemplo:

– Se corresponde con el resultado de aplicar los coeficiente de amortización lineal según sus tablas.

– Sea el resultado de aplicar un porcentaje constante sobre el valor pendiente de amortización

– Sea el resultado de aplicar el método de los números dígitos

– Se ajuste a un plan formulado por el contribuyente y aceptado por la Administración tributaria

– El contribuyente justifique su importe.

El inmovilizado intangible se amortizará atendiendo a su vida útil. Cuando la misma no pueda estimarse de manera fiable, la amortización será deducible con el límite anual máximo de la veinteava parte de su importe. La amortización del fondo de comercio será deducible con el límite anual máximo de la veinteava parte de su importe.

La ley también recoge la posibilidad de libre amortización del inmovilizado material e inmaterial cuando sean:

– Adquiridos durante los 5 primeros años por Sociedades laborales

– Gastos de investigación y desarrollo, así como los afectos a dichas actividades

– Adquiridos durante los 5 primeros años por las entidades que tengan la calificación de explotaciones asociativas prioritarias de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de las explotaciones agrarias.

– Elementos nuevos, cuyo valor unitario no exceda de 300 euros, hasta el límite de 25.000 euros referido al período impositivo.

Gastos no deducibles

A pesar de cumplir con todos los requisitos anteriores hay algunos gastos que hacienda considera directamente que no son deducibles en el impuesto de sociedades. Te los contamos a continuación para que no tengas dudas sobre cuáles son los tipos de gastos deducibles para empresa.

Quedan recogidos en el artículo 15 de la LIS. No tendrán la consideración de gastos fiscalmente deducibles entre otros:

  1. Los que representen una retribución de los fondos propios
  2. Los derivados de la contabilización del Impuesto sobre Sociedades. No tendrán la consideración de ingresos los procedentes de dicha contabilización.
  3. Las multas y sanciones penales y administrativas, los recargos del período ejecutivo y el recargo por declaración extemporánea sin requerimiento previo.
  4. Las pérdidas del juego.
  5. Los donativos y liberalidades.
  6. Los gastos de actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico.
  7. Los gastos de servicios correspondientes a operaciones realizadas, directa o indirectamente, con personas o entidades residentes en países o territorios calificados como paraísos fiscales, o que se paguen a través de personas o entidades residentes en estos…
  8. Los gastos financieros devengados en el período impositivo, derivados de deudas con entidades del grupo según los criterios establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio…
  9. Los gastos derivados de la extinción de la relación laboral, común o especial, o de la relación mercantil a que se refiere el artículo 17.2.e) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas…

Si no te ha quedado claro todo lo que te contamos, siempre puedes optar por contratar un servicio de asesoría contable y asesoría fiscal que en el día a día se ocupen de analizar si tus gatos cumplen con los requisitos de deducibilidad  además de asegurarte su correcto registro y justificación. En ACR Kontablex te ayudamos, ¿Hablamos?